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Sancionar el aborto, inconstitucional

Sancionar el aborto, inconstitucional
Gobierno
Septiembre 08, 2021 18:12 hrs.
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Gato de Barrio › Noticias Valle de México

Con el voto unánime de los diez magistrados presentes durante la sesión del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), se aprobó poner fin a la penalización de la interrupción del embarazo en su etapa inicial, motivo por el cual no se podrá castigar a las mujeres que decidan abortar en cualquier entidad de la república mexicana.

Tras considerar que es un día histórico para todas las mujeres mexicanas, sobre todo para las más vulnerables, el ministro presidente Arturo Zaldívar Lelo de Larrea puntualizó que bajo este criterio unánime no únicamente se invalidan las normas objeto de discusión, sino se establece un criterio obligatorio para todos los jueces y juezas del país.

Por su parte Luis María Aguilar Morales, ministro ponente, declaró que la Corte concluye con un paso histórico en la protección de los derechos de las mujeres y de las personas con capacidad de gestar: ’Un paso histórico –dijo–, que repercute de manera directa en sus vidas. Nunca más una mujer, ni una persona con capacidad de gestar deberán ser juzgadas penalmente. Hoy se destierra la amenaza de prisión y estigma que pesa sobre las personas que deciden libremente interrumpir su embarazo’.

Durante la sesión el Pleno avaló anular el artículo 196 del Código Penal del estado de Coahuila, el cual penalizaba a quien cometiera aborto en su etapa inicial de uno a tres años de prisión, sin importar los motivos; ahora, por tratarse de una acción de inconstitucionalidad y por la reforma judicial, esta sentencia establece jurisprudencia y tiene efectos generales, para así terminar con la prohibición absoluta de la interrupción del embarazo en su etapa inicial.

Además de analizar las legislaciones particulares de Coahuila y Sinaloa, la SCJN también analizaría la objeción de conciencia del personal médico para no participar en abortos. Antes de esta decisión, el aborto solo era legal en Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo y Veracruz, mientras en los 29 estados restantes las penas iban desde multas hasta prisión.

Se debe puntualizar que por causas de fuerza mayor, el magistrado Jorge Mario Pardo Rebolledo fue el único ausente en la sesión del Pleno, razón por la cual no emitió su voto.

Sin embargo no puede decirse que este asunto está totalmente cerrado. Al contrario, no deben descartarse movimientos no sólo de respaldo a la decisión, también en particular de grupos y sectores conservadores y religiosos, quienes siempre han mantenido una constante presión sobre los integrantes de la SCJN para que no aprobaran la legalización del aborto y, sin duda, se movilizarán para protestar e intentar anular esta votación.

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